- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 125108
- Autor : ilianave
- Consultas en Foro: 10
- Respuestas en Foro: 3075
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6726
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 238620
-
Fecha de respuesta: Domingo 11 de Septiembre de 2011 01:22 2011-09-11 01:22 desde IP: 201.103.121.138
Antes de dar respuestas a tu consulta, el valor catastral no es el valor que se toma en consideración para pagar la escrituración, sino el valor comercial que se determine en un avalúo (normalmente es el doble del valor catastral), así que es un costo mucho mayor al que estás considerando.
En relación a tus preguntas, te comento:
1.- No hay una fecha límite para hacer la denuncia testamentaria; sin embargo, cuando dejan pasar mucho tiempo, se va complicando el asunto, porque fallece algún heredero y hay que promover la sucesión de éste antes de iniciar la sucesión de la persona que les dejó los bienes.
2.- No obstante que en el testamento se haya señalado a tu madre como albacea, hasta que no se haga el reconocimiento de dicho testamento, ya sea ante un Juez de lo Familiar o un Notario Público, no existe albacea alguno, aunado a que debe aceptar y protestar el cargo correspondiente ante la autoridad que conozca de la sucesión testamentaria.
3.- Que se te recomienda? Podrías buscar un comprador (alguien que les tenga confianza) que les de un anticipo para iniciar los trámites y una vez que se obtenga toda la documentación necesaria, se concluya con el pago total de la compraventa ante el Notario Público.
Saludos.
-
Autor





