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Fecha de respuesta: Domingo 11 de Septiembre de 2011 00:27 2011-09-11 00:27 desde IP: 201.103.121.138
Una vez entablado el juicio, te podrás defender dando contestación a la demanda y ofreciendo las excepciones y defensas que tengas.
Sin embargo, si no puedes acreditar el pago total del pagaré, seguramente te condenarán, aunado a que desde la primera diligencia van a llegar a embargar bienes que garanticen hasta tres veces el monto de tu adeudo.
El quedarse sin trabajo no es una justificación para dejar de pagar las obligaciones previamente adquiridas, así que no tienes otra opción para que pagar.
Trata de llegar a un arreglo extrajudicial para obtener una prórroga y puedas cumplir con tus pagos.
Saludos.
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