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  • Consulta : 125087
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 238651

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    lo que menciona transportador...noi es cierto ni es posible... quien detenta la guarda y custodia... lleva  la mano de la baraja y en este caso es la madre... a la que no se le pñuede obligar a dejar el sitio donde  debida o indeboidamente  haya asentado el domiclio d ela guarda y custodia... sea este provisonal o definitivo.... abusado....

    inicia acciòn penal por el abandono del domiclio conyugal... pero no señales que sabes donde esta.... nunca...  y comienza a consignar en favor de tus hijos  una pensiòn no menor del 20% de tus ingresos  en un juzgado... fijarte bien ... en un juzgado... no en un banco...

    con todas las constnacias... inicia acciòn de guarda y custdia y notifica por medio de edictos... nunca digas que sabes donde esta tu vieja...  nunca... tu abogado sabe que hacer....  no vayas a ir al dif... por ninguna causa... sobre todo al dif....