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  • Consulta : 124835
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 238332

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Dado que solamente ha incurrido en tres faltas injustificadas, el patrón no puede rescindirle su contrato detrabajo en forma justificada y sin responsabilidad para él; en caso de que lallegaran a despedir, sería injustificado y tendría usted derecho a demandarlo antela Junta de Conciliación y Arbitraje que corresponda, teniendo la opción de elegir la acción que ejercitaría: la reinstalación en el puesto en las mismas condiciones en que lo venía prestando, o bien, la indemnización constitucional por despido injustificado y demás prestaciones que la injusta medida patronal le dan derecho a demandar.

    Cuídese de no incurrir ni en retardos, ni en faltas injustificadas antes del veinte de septiembre, ya que de hacerlo, entonces sí habría faltado injustificadamente al trabajo más de tres veces en treinta días.