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- Autor : raulcadena
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AutorRespuesta No: 238285
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Fecha de respuesta: Miércoles 07 de Septiembre de 2011 19:01 2011-09-07 19:01 desde IP: 148.240.80.34
En respuesta a su consulta, le informo.
De conformidad con el artículo 29, de la Ley General de Título y Operaciones de Crédito, que señalalos requisitos que debe contener todo endoso de un título de crédito (ya seaen propiedad, en procuración o en garantía), no exige que deba contener el nombre del endosante, sino que para que el endoso sea válido, es suficiente que sólo conste la firma, aunque no se asiente el nombre del endosante, a condición, repito, que se cumplan todos los requisitos exigidos por la Ley.
Tanto es así, que el numeral 32, del ordenamiento legal citado, permite que, inclusive, elendoso pueda hacerse en blanco, solamente con la firma del endosante (lo que conforme a la ley hace presumir que el endoso es en propiedad), y entonces, cualquier tenedor puede llenar con su nombre o con el de un tercero el endoso en blanco, o aún transmitirlo a otro sin llenar el endoso.
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