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AutorRespuesta No: 238224
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Fecha de respuesta: Miércoles 07 de Septiembre de 2011 12:07 2011-09-07 12:07 desde IP: 200.33.74.37
Los dias festivos o feriados son en los que se descansa oficialmente a saber de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo:
Artículo 74. Son días de descanso obligatorio:
I. El 1o. de enero;
II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
IV. El 1o. de mayo;
V. El 16 de septiembre;
VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
VII. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
VIII. El 25 de diciembre,
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