- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 124781
- Autor : ilianave
- Consultas en Foro: 10
- Respuestas en Foro: 3075
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 238221
-
Fecha de respuesta: Miércoles 07 de Septiembre de 2011 12:05 2011-09-07 12:05 desde IP: 201.103.121.138
Los contratos no pueden dejarse al arbitrio de una de las partes.
Si las dos partes están de acuerdo en darlo por finiquitado sin penalización alguna, se puede hacer.
Pero si dentro del contrato se estableció una pena convencional por incumplimiento o terminación anticipada del mismo, el que quiera darlo por terminado o que incumpla debe pagar las penas convencionales.
Si es un contrato con un prestador de servicios que fue registrado ante la PROFECO, normalmente cuentan con 5 días hábiles después de la firma para que pueda terminarse sin penalización.
Pero todo depende de las cláusulas del propio contrato, éste es la manifestación de la voluntad de quienes lo suscribieron...
Saludos.
-
Autor





