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AutorRespuesta No: 237953
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Fecha de respuesta: Domingo 04 de Septiembre de 2011 18:51 2011-09-04 18:51 desde IP: 201.114.203.146
Sin ser especialista en la materia difiero de lo expuesto por el forista que me antecedió y postulo que es competente para conocer del conflicto que menciona el consultante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, esto en el supuesto de que sea un empleado de un Organismo Descentralizado de carácter Federal, pues el consultante no especifica si es un organismo federal, estatal o incluso municipal. Ello es así pues el numeral que el forista que antecede cita, se refiere a "empresas" administradas directamente o de manera descentralizada por el Gobierno Federal, caso que no encuadra en el caso de un organismo descentralizado, verbigracia el ISSSTE es un organismo descentralizado de la administración Pública Federal, al igual que el INBA, y en ambos casos sus conflictos laborales se ventilan en el aludido Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, cosa que no ocurre con las Empresas Administradas directamente o de manera descentralizada por el Gobierno federal, como es el caso de LICONSA, ADMINISTRACIÓN PORTUARIA LAZARO CARDENAS, S.A. DE C.V. cuyos conflictos laborales, al tenor del numeral expresado por el forista ilianave se ventilan ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
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