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Fecha de respuesta: Domingo 04 de Septiembre de 2011 17:41 2011-09-04 17:41 desde IP: 187.161.78.176
Cuando usted dice que le están otorgando “una comisión” es importante señalar que dentro del ámbito del servicio público, las comisiones no modifican código, nivel ni percepciones, estos solo cambian con una nueva asignación o designación de puesto, cambio que se lleva a cabo no solo con el oficio respectivo, sino con un nuevo contrato laboral.
Además de lo anterior es importante señalar que por el sueldo que dice percibir ($ 34,000.00) usted debe ostentar un nivel de subdirector de área u homologo, es decir personal de nivel de mando medio y como bien lo menciona, “de confianza” y de acuerdo al artículo 8º de la LFTSE, quedan excluidos del régimen de esta Ley, es decir, si usted no cuenta con antecedentes de base y su superior jerárquico desea que el puesto que usted ostenta lo ocupe otro personaje creo que se están portando muy amablemente si solo le hacen una democión de puesto y no lo “renuncian” como se acostumbre a ese nivel.
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