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AutorRespuesta No: 237964
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Fecha de respuesta: Domingo 04 de Septiembre de 2011 19:43 2011-09-04 19:43 desde IP: 189.228.234.50
Pero de que puede presentar su denuncia/querella:
Según el Código Penal de Tlaxcala que dice:
...Calumnia
Artículo 251.- Se aplicará prisión de un mes a cinco años y multa de dos a veinte días de salario al que ante cualquiera autoridad ime a otro un delito, si el hecho es falso o inocente la persona a quien se ima.
Igual sanción se aplicará al que para hacer que un inocente aparezca como culpable de un delito, ponga en las vestiduras del calumniado, en su casa, en su automóvil o en cualquier lugar adecuado para ese fin, una cosa que pueda dar indicios de responsabilidad.
Artículo 252.- No se admitirán pruebas de la imación al inculpado de calumnia, cuando exista sentencia ejecutoriada que haya absuelto al calumniado del mismo delito que aquél le imó................
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