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AutorRespuesta No: 237898
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Fecha de respuesta: Sábado 03 de Septiembre de 2011 21:18 2011-09-03 21:18 desde IP: 189.163.78.235
Hola.
No hay ningun problema lleve el procedimiento de disolucion ante la corte o el juzgado en EU y al dictar la sentencia pide se envie a traves de exhorto internacional al Supremo tribunal de justicia del estado donde se caso para que este, en auxilio de las labores de aquel, ordene al Registro Civil la anotacion marginal.
Despues un familiar comparece al registro civil, realiza su pago y listo.
Saludos
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