Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 124520
  • Autor : wofito2088
  • Consultas en Foro: 32
  • Respuestas en Foro: 1416
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6898
  • : 31 %
  • : 68 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 238026

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    raul cadena.con todo respeto.

    Bueno primero decias que en la ley de que pais estaba eso, luego comentas que es cuando  hay rescision, nada mas que esta ultima no es lo mismo que terminacion ya que hasta estan en capitulos diferentes de la ley,luego dices que el patron puede proporcionarle otro empleo  perot hay que leer bien el articulo es si asi lo desea el trabajador.

    Hay te va otro autor.conocido por todos,

    Dr Nestor de Buen  ,derecho del trabajo  pagina 123, edicion segunda  1975

    pag 122 La incapacidad fisica o mental  o inhabilidad manifiesta del trabajador, que haga imposible la prestacion del  trabajo. Aqui se plantean dos hipotesis diferentes.Conforme a la primera , el contrato de trabajo termina  cuando el estado de salud del trabajador  le haga imposible  continuar  desempeñando   su trabajo.De acuerdo con la segunda  sera motivo de terminacion  el hecho  de que el trabajador deje de ser apto  para realizar  la tarea que tiene encomendada.

    En el caso de incapacidad  , si esta no deriva de un riesgo de   profesional,EL TRABAJADOR PODRA  EXIGIR  QUE SE LE PROPORCIONE  UN TRABAJO COMPATIBLE A SUS  APTITUDES, INDEPENDIENTEMENTE  DE CUALQUIER  OTRA PRESTACION  A QUE TENGA DERECHO O BIEN A SU "ELECCION", QUE SE LE INDEMNICE  CON EL IMPORTE  DE UN MES DE SALARIO Y DOCE DIAS POR CADA AÑO DE SERVICIOS , A TITULO DE PRIMA DE ANTIGUEDAD.

    saludos