- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 124520
- Autor : wofito2088
- Consultas en Foro: 32
- Respuestas en Foro: 1416
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5564
-
: 31 % -
: 68 %
-
AutorRespuesta No: 237967
-
Fecha de respuesta: Domingo 04 de Septiembre de 2011 19:56 2011-09-04 19:56 desde IP: 189.152.220.123
No puedo hasta ahora encontrar la otra tesis de jurisprudencia , sin embargo es sacada del libro ley federal del trabajo del lic. juan b climent beltran. y para no transcibir todo . dice en una de sus parte
por lo que si se acredita que el trabajador que fue incapacitado por el Instituto Mexicano del Seguro Social,por imposibilidad de desempeñar su trabajo habitual a virtud de una enfermedad que no derive de un riesgo de trabajo y que por eso se le otorgo la pension fefinitiva correspondiente , tiene derecho al pago de un mes de salario y doce dias por cada año de servicios.
tesis de jurisprudencia apendice 1917-1985 quinta parte, cuarta sala p114 y en el libro del autor es la pagina 149.
y el comentario del mismo autor en la pag. 150 al mismo tema
dice.significa que el patron esta obligado a cubrirlas aun cuando el trabajador obtenga la pension de invalidez del instituto mexicano del seguro social.
Por otra parte se que los patrones no son hermanas de la caridad y no se en este caso en particular pero en muchos habria que entablar un juicio laboral
saludos a todos.
-
Autor





