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  • Consulta : 124279
  • Autor : lic.amsuarez
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    Respuesta No: 237528

  • lic.amsuarez
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    yo considero que deberas promover dos demandas  diferentes, una ordinaria mercantil en cuanto hace a los pagares prescritos y una demanda ejecutivo mercantil en cuanto hace al o los pagares que no estan prescritos y si hay bienes de por media a embargar con el auto de exequendo que dicte el juez en el ejecutivo mercantil ahi embargas o tambien puedes promover unas diligencias precautorias de embargo para asegurar los bienes y embargarlos antes de promover el ordinario mercantil y asi ya tendras alguna garantia de que se te pagaran las prestaciones reclamadas, espero sirva la informacion.