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Fecha de respuesta: Miércoles 31 de Agosto de 2011 18:53 2011-08-31 18:53 desde IP: 189.251.157.220
yo considero que deberas promover dos demandas diferentes, una ordinaria mercantil en cuanto hace a los pagares prescritos y una demanda ejecutivo mercantil en cuanto hace al o los pagares que no estan prescritos y si hay bienes de por media a embargar con el auto de exequendo que dicte el juez en el ejecutivo mercantil ahi embargas o tambien puedes promover unas diligencias precautorias de embargo para asegurar los bienes y embargarlos antes de promover el ordinario mercantil y asi ya tendras alguna garantia de que se te pagaran las prestaciones reclamadas, espero sirva la informacion.
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