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  • Consulta : 124073
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 237282

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    l.silvacharles

    Si ya se aprobo la segunda seccion de INVENTARIOS Y AVALUOS, la conyuge superstite en ese seccion y/o cuaderno debe tramitar via incidental acompañando su ACTA DE MATRIMONIO para efecto de que se le reconozca el 50% de los gananciales de la Sociedad Conyugal.