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  • Consulta : 124056
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 237259

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    acuario-0026

    Al representante legal del finada ( de cujus) se le denomina Albacea, este es nombrado por comun acuerdo y/o por mayoria de voto de las personas que fueron reconcidas como herederos, el Albacea puede ser elegido de entre los coherederos o bien cualquier otra persona, pero esta  debera garantizar el manejo de su Albaceazgo exhibiendo fianza dentro del termino legal de 90 dias  a partir de que acepte dicho cargo. La fianza ha exhibir es en razon del valor de los bienes inmuebles o bien del importe de frutos (rentas) generados en el año anterior.

    El procedimento para nombrar albacea por parte de los coherederos esta previsto en el Articulo 805 del Codigo de Procedimentos Civiles para el Distrito Federal.

    Saludos.