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Fecha de respuesta: Viernes 26 de Agosto de 2011 23:56 2011-08-26 23:56 desde IP: 189.189.72.242
Tarde, muy tarde.
Debiste haber pedido orientación cuando te metiste a PRESTAMISTA, actividad muy dulce, pero muy dura a la hora de la cobranza.. los primeros 3 casos, por que después te insensibilizas y te vale si la familia entera llora lo embargado. Entonces solo se vuelve una actividad muy dulce y ya.
En fin, el único problema para cobrar un pagaré, es que la persona deudora esté localizable, y por supuesto, se acredite que él se comprometió con su firma a pagar incondicionalmente una cantidad cierta. Ya con esto se le exige el pago, si no lo hace, se le embargan bienes.
Contrata a un Licenciado en Derecho, con cédula profesional, para que te explique qué es lo que estas haciendo, y aparte te lleve el correspondiente JUICIO MERCANTIL de este título de crédito.
O que?? cuando te sale una catarata, tú solita agarras un cuchillo y te operas el ojo??? no verdá, pues así mero es cuando uno se mete a realizar contratos, títulos de crédito, y todos aquellos actos jurídicos personales. NECESITAS ASESORIA JURIDICA. Gasta.
Suerte.
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