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  • Consulta : 123828
  • Autor : Calva Triste
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    Respuesta No: 236873

  • Calva Triste
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Mira, por lo general, el que afirma está obligado a  probar y el que niega no, a menos que su negativa  envuelva una afirmación.

    De este modo, la prueba de ADN la tendría que "pagar" su contraparte, pero resulta que la prueba pericial es COLEGIADA, es decir, se necesitan mas de un perito para perfeccionarla, y en caso de discrepancia el juez nombrará un tercero en discorida.

    Pero si Ud. no nombra su propio perito, se estará a lo determinado por el de la demandante.... y si ella la pagó.... a quien cree que va a beneficiar y el resultado será que Ud. tendrá que mantgener a la hija de otro toda la vida.

    Para que Ud. dude de la paternidad, seguramente es porque la mujer en cuestión es bastante compartida con sus atributos sexuales secundarios ¿no? Consiga el dinero y salga de dudas.