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Fecha de respuesta: Miércoles 24 de Agosto de 2011 18:05 2011-08-24 18:05 desde IP: 189.232.80.122
Yo sólo te recuerdo Luis Alberto, que no pierdas de vista que tu tienes que acreditar TU acción y los demandados y actores reconvencionistas, la suya.
Una prueba pericial sobre el documento privado a ti no te beneficia en nada, al contrario, estarías dándoles cuerda a los contrarios para acreditar que no fue un contrato que se acaba de hacer, aunado a que le generas gastos innecesarios a tu cliente.
Te repito, yo ya obtuve dos sentencias favorables en un caso casi idéntico al tuyo y sin ninguna pericial sobre los documentos.
En todo caso, para acreditar tu acción reivindicatoria, deberás ofrecer la pericial en ingeniería, para demostrar la identidad del inmueble que pretendes sea devuelto, pero sólo esa.
Existen métodos para quemar la tinta de un documento y hacer aparecer que es de muchos años atrás, si tu ofreces la pericial para verificar la antigüedad estarías perfeccionando la acción de tus contrarios.
No te dejes llevar por la emoción, tienes el juicio a tu favor, es sólo cuestión de que separes y definas bien las cosas.
Si pretendes hacer lo que te comentan los demás foristas, realizalo en la vía penal, por fraude procesal, ya que están simulando un acto jurídico con el objeto de inducir en error al Juez para obtener una sentencia favorable y ahí se analizará el documentos con peritos de la Procuraduría...
Saludos.
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