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Fecha de respuesta: Domingo 21 de Agosto de 2011 12:43 2011-08-21 12:43 desde IP: 189.251.133.43
Hacia su pareja posiblemente en cuanto al concubinado se refiere; en cuanto a los hijos de ella, definitivamente no hay ninguna responsabilidad que pudiera generarsele.
Le recomiendo buscar a un abogado
En la legisalcion de jalisco no hay una obligaciòn explicita con respecto a la concubina, salvo la mejor opinion de otrso abogados. El concepto en que pudiera contemplarse la concubina es el de "acreedor".
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