Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 123275
  • Autor : ilianave
  • Consultas en Foro: 10
  • Respuestas en Foro: 3075
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 7305
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 236073

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Usted ya tiene el inmueble hipotecado, por lo que no procede ningún otro embargo.

    La garantía para cubrir el adeudo que tienen, es la casa que se adquirió con dicho crédito.

    Ahora, no creo que sea legal lo que le ofrece la persona que se ostenta como funcionario del banco, toda vez que el inmueble también está hipotecado por parte del INFONAVIT, por lo que si llega a un arreglo con el del banco, la deuda con el INFONATIV va a subsistir.

    Si finalmente van a perder su casa (que es lo más seguro en virtud de que no pueden pagarla), pues que se haga a través de un proceso judicial, así por lo menos viven otros meses en la casa y por lo menos tienen la certeza de que se acaba la deuda, pero habrá que ver que pasa con el crédito de INFONAVIT...

    Sería importante que acudieran directamente a las oficinas del Banco para que le informen correctamente que es lo que pretenden negociar y que va a ocurrir con el crédito de INFONAVIT.

    No se presionen por el plazo, es mejor que estén bien asesorados antes de cometer un error.