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Fecha de respuesta: Viernes 19 de Agosto de 2011 15:48 2011-08-19 15:48 desde IP: 189.146.221.179
Pues quien les dijo que no era necesario hacer la reclamación del testamento, ha de haber sido arquitecto, bombero o dentista (sin agraviar a quienes lo sean), pero no tiene idea de derecho.
El testamento, hasta que no haya sido reconocido por autoridad competente (en el D. F. puede ser un Juez de lo Familiar o un Notario) no tiene una relevancia como título de propiedad, ni mucho menos.
Hay que denunciar la sucesión testamentaria ante cualquiera de las dos autoridades antes mencionadas (bueno el Notario no es una autoridad, pero tiene facultades legales para llevar a cabo la sucesión), se giran oficios al Archivo General de Notarias para que éste informe si el testamento que ustedes presentan es el único y el último, y de ser así, se llevará a cabo una audiencia donde se dará lectura al testamento y el albacea aceptará y protestará el cargo.
Posteriormente, una vez nombrado albacea y herederos, se deben tramitar las tres secciones restantes...
Le recomiendo contratar un abogado especialista en derecho familiar o acudir al Notario de su confianza.
Saludos.
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