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AutorRespuesta No: 236014
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Fecha de respuesta: Viernes 19 de Agosto de 2011 15:11 2011-08-19 15:11 desde IP: 189.146.221.179
Y que le preocupa?? Si existe concubina, a ella le corresponden los derechos hereditarios de su concubinario.
Al existir un concubinato, la concubina hereda como cónyuge, si el autor de la herencia falleció mientras subsistía esa relación y si la vida en común duró más de dos años o menos si procrearon hijos. (art. 3355 del Código Civil de Puebla).
En consecuencia, su padre aunque sea su hermano no tendría derecho a heredar, por existir una concubina.
No entiendo que quieren defender si nada de los bienes de su tío les pertenecen.
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