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AutorRespuesta No: 235840
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Fecha de respuesta: Miércoles 17 de Agosto de 2011 23:53 2011-08-17 23:53 desde IP: 189.216.189.196
Si el predio ya está inmatriculado es claro que no procede la inmatriculación. Debe demandar el otorgamiento y firma de escrituras a la persona qúe le vendió, siempre y cuando haya pagado el total de lo pactado. Necesita a un abogado titulado, no coyote, no tinterillo, no usurpador.
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