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  • Consulta : 122767
  • Autor : abel escamilla
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  • Autor
    Respuesta No: 235447

  • abel escamilla
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Se trata de una Incapacidad Permanente Parcial (permanente, porque se trata de la pérdida de una parte de los dedos anular y medio; es decir, nunca los vas a recuperar; de recuperar tus dedos, sería Incapacidad Temporal).

     

    La Ley Federal del Trabajo contempla el artículo 514, fracción 27 que por la pérdida de falangeta del dedo anular o medio corresponde un 12% del salario base de cotización.

     

    Por lo tanto, el dictamen del IMSS debe decir una IPP por 24%.