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AutorRespuesta No: 235447
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Fecha de respuesta: Lunes 15 de Agosto de 2011 01:03 2011-08-15 01:03 desde IP: 189.181.163.113
Se trata de una Incapacidad Permanente Parcial (permanente, porque se trata de la pérdida de una parte de los dedos anular y medio; es decir, nunca los vas a recuperar; de recuperar tus dedos, sería Incapacidad Temporal).
La Ley Federal del Trabajo contempla el artículo 514, fracción 27 que por la pérdida de falangeta del dedo anular o medio corresponde un 12% del salario base de cotización.
Por lo tanto, el dictamen del IMSS debe decir una IPP por 24%.
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