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  • Consulta : 122755
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 235443

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si los niños no tienen los apellidos del padre, no puedes demandarle nada.

    Primero debes demandar el reconocimiento de la paternidad y en caso de resultar que es el padre de los niños, demandar el pago de una pensión alimenticia.

    El hecho de tener obligaciones con los niños, también le da derecho para verlos y convivir con ellos, así que tu sabes si le reclamas o no el reconocimiento de los menores.

    El Juez no concede caprichitos de YO QUIERO TODO y NO QUIERO QUE LOS VEA, sino que la prioridad del Juez es analizar el interés superior del menor, no el tuyo.

    Indudablemente, también puedes reclamar la pérdida de la patria potestad, pero habrá que ver como se defiende el padre de los niños  o si de plano, no le interesa convivir con ellos...