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AutorRespuesta No: 235508
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Fecha de respuesta: Lunes 15 de Agosto de 2011 16:46 2011-08-15 16:46 desde IP: 189.178.228.189
ADDENDUM:
El denominado "abandono de trabajo" es una manifestación de que el trabajador renuncia a su empleo, así que ni se espante nio se acongoje, una vez que presente su renuncia ante la Junta en procedimiento paraprocesal como le expliqué antes, usted podrá dejar dce presentarse a laborar..
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