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  • Consulta : 122512
  • Autor : SHREK
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  • Autor
    Respuesta No: 235095

  • SHREK
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Jajaja,

    El tal cuaresmeño se jacta de perfecto y se atreve a poner en la consulta “ Legalmente puedes demandar en la vía civil al periódico, aunado a que en la vía penal puedes demandar al reportero y al fotógrafó que haya participado en la introducción a tu domicilio, por ALLANAMIENTO DE MORADA".

    O sea, a caso el tiempo que dice haber estado en el m.p.f. no le sirvió para hacer una diferencia entre una demanda (vía civil) y una denuncia (vía penal)