Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 122483
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 8785
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 235005

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Precisamente el proceso de reconocimiento de adeudo puede derivar del extravió del título de crédito, por lo que al reconocerse el adeudo ante la presencia judicial, es claro que procede el cobro.