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Fecha de respuesta: Jueves 11 de Agosto de 2011 00:26 2011-08-11 00:26 desde IP: 189.216.168.228
Corrijo, ya no se llama Registro Público de la Propiedad, sino de la Función Registral, como seguramente el inmueble está a nombre de un tercero o incluso de varias personas ya que menciona que es una copropiedad, demandó a personas que no tienen vela en el entierro por no ser los legítimos propietarios, razón por la que la Juez dicto sentencia absolutoria, debe demandar a quienes aparezcan como propietarios.
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