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AutorRespuesta No: 236997
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Fecha de respuesta: Sábado 27 de Agosto de 2011 00:24 2011-08-27 00:24 desde IP: 189.189.72.242
A la consultante primaria no me queda claro si la pensión es para ella, pues no dice que tenga hijos.
A la consultante "elysa1978" le indico que debe contratar cuanto antes los servicios de un Licenciado en Derecho con cédula profesional para que le lleve EL JUICIO DE PENSION ALIMENTICIA contra su todavía esposo, EL JUICIO DE DIVORCIO, dependiendo del estado donde se encuentren, pues si lo fuera DIVORCIO NECESARIO, le indico que con el expediente que dice tener, mas testigos, mas su propio dicho, mas tooodas las pruebas que usted puede tener, se puede lograr el depósito de ustedes en su casa, se le puede prohibir al esposo los derechos de convivencia con sus hijos, y que no se acerque a usted, y se puede decretar la disolución de su vículo matrimonial con esa maravilla de hombre.
Las obligaciones del padre de los hijos, antes y después de un divorcio, son PROPORCIONAR ALIMENTOS y respetar a la madre, no es un favor, es obligación.
Que le quede claro que si sigue viviendo así, es por que usted quiere.
Saludos y suerte.
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