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AutorRespuesta No: 234901
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Fecha de respuesta: Miércoles 10 de Agosto de 2011 14:44 2011-08-10 14:44 desde IP: 189.216.181.84
Corrijo. La acción para ejercer la acción cambiaria directa prescribe a los tres años a partir de su fecha de vencimiento, pero además la prescripción no es de oficio como la caducidad, por lo que la acción cambiaria la puede ejercer en cualquier momento.
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