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AutorRespuesta No: 234766
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Fecha de respuesta: Martes 09 de Agosto de 2011 18:38 2011-08-09 18:38 desde IP: 148.240.80.34
En respuesta a su consulta, le informo.
No, no puede cobrarlo su abogado, por lo que usted necesita acuir a la Junta a recibir el cheque.
Lo anterior, porque las autoridades del trabajo deben certificar y hacer constar que el trabajador, en forma personal, recibió el pago de las cantidades que por concepto de indemnización le entrega el patrón, y para ello, no solamente exigen que el trabajador firme de recibido, sino que, además de identifique plenamente.
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