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Fecha de respuesta: Sábado 06 de Agosto de 2011 15:12 2011-08-06 15:12 desde IP: 201.103.129.136
Si los familiares no han denunciado la sucesión del de cujus, quienes interés en notificarle un juicio pueden denunciarla.
NO puedes notificar a un muerto, para eso se establece la figura del albacea para que éste represente los derechos de la sucesión.
Si dices que no hay bienes a nombre del autor de la sucesión, como es que aparece como propietario o copropietario del inmueble que pretendes prescribir??
Luego entonces, SÍ existe un bien propiedad del difunto por el cual su albacea tendrá que intervenir para defender los derechos de la sucesión.
Incluso, aún cuando no haya familiares, la beneficencia pública (DIF) es quien tendría interés en el asunto sucesorio y es a quien se puede designar albacea en caso de no contar con herederos.
Saludos.
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