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Fecha de respuesta: Sábado 06 de Agosto de 2011 12:42 2011-08-06 12:42 desde IP: 187.194.8.156
BUENAS TARDES:
El impuesto sobre la renta solo se paga por causa de escrituraciòn publica y no de certificaciòn de un contrato privado.
No te daña en forma que hagas el contrato privado ante notario, siempre que lo inscribas en el registro publico de la propiedad como gravamen sobre la propiedad, sobre la escritura que lo ampara, y con el contrato privado, puedes ir ante el catastro y cambiar el xcertificado de impuesto predial y tenerlo ya a tu nombre.
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
ABOGADO
Kokoduro1 arroba h o t m a i l punto c o m
Espero sus correos, le daré respuesta a todos.
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