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AutorRespuesta No: 234276
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Fecha de respuesta: Viernes 05 de Agosto de 2011 21:00 2011-08-05 21:00 desde IP: 189.177.219.43
Dependerà del estado donde nos escriba y su legislación. Aca por ejemplo en Guanajuato. Bastarìa con que acredite usted que ese segundo nombre no lo utiliza para que en la via de ACLARACION, esto es ante el propio oficial del registro civil se elimine (Art. 141 codigo civil del estado)
En otros estados solo manejan la posibilidad a traves de la via JUDICIAL
Saludos
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