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Fecha de respuesta: Viernes 05 de Agosto de 2011 21:07 2011-08-05 21:07 desde IP: 189.177.219.43
Hola.
Mire usted... recuerde que la sociedad conyugal se se encuentra al 50% para cada quien y usted compra un inmueble 2 años antes de disolverse el matrimonio INCLUSO EN ESTE MOMENTO continua dicha sociedad si en la disolucion no se peticiono LA LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
Esto es... puede peticionarse la disolución de la sociedad AUN NO HAYA DIVORCIO de la misma forma puede continuar una sociedad si no se ha liquidado la misma.
Ahora bien... la casa la compra usted y la pone a nombre de sus hijos...esto es... el 50% de SU PROPIEDAD es la que pone a nombre de sus hijos. Nadie puede donar lo que no es suyo. Si usted estaba casada por sociedad solo la mitad de la casa le correspondìa a usted y solo esa mitad es la que pone a nombre de ellos. El otro 50% es y siempre ha sido de su marido.
Teniendo ese 50% su marido .... èl pide el 50% del usufructo del cual usted goza. Pero curiosamente su abogado solo pide eso .. el 50% del usufructo. Hubiere sido mejor que peleara ese 50% del inmueble en lugar del 50% del usufructo. Su abogado insisto SEBIO HABER SOLICITADO LA DISOLUCION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL al momento de solicitar la disolucion del vinmcvulo matrimonial.
Saludos
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