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  • Consulta : 121902
  • Autor : CALIXTO
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  • CALIXTO
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    (Resumen de Actividades)

    Trataré de aclarar tus dudas.

    1.-Están exentas las pensiones que excedan  de 9  salarios nínimos  diarios. Ejemplo: si el pago que recibes corresponde a 31  dias, multiplica el salario nmínimo de la zona geogfráfica que te corresponde por 9 y el resultado lo multiplicas  por 31 dias.

    2.-La base  para  el calculo el impuesto es precisamente la cantidad que exceda de   la cantidad senalada en el punto No. 1

    3.-El pagode las pensiones se hace  a Através de TRANSFERENCIA INTERBANCARIA Y NO CAUSA NINGÚN TIPO DE IMPUESTO.

    SALUDOS Y SUERTE.