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  • Consulta : 121850
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 234210

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    tu eres la esposa...no te vayas a divorciar...

    inicia acción penal por el delito de incumplimiento de pago de la pensión...

    acude al registro publico de la propiedad y busca si tiene bienes a su nombre... que tu abogado... en caso de que tenga bienes...los embargue todos... tu eres la esposa...no se te va a ocurrir pedir el divorcio... porque te quedas sin nada...por burra...