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AutorRespuesta No: 234210
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Fecha de respuesta: Viernes 05 de Agosto de 2011 15:46 2011-08-05 15:46 desde IP: 187.194.8.156
tu eres la esposa...no te vayas a divorciar...
inicia acción penal por el delito de incumplimiento de pago de la pensión...
acude al registro publico de la propiedad y busca si tiene bienes a su nombre... que tu abogado... en caso de que tenga bienes...los embargue todos... tu eres la esposa...no se te va a ocurrir pedir el divorcio... porque te quedas sin nada...por burra...
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