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  • Consulta : 121731
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 233956

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Sólo el albacea nombrado en la sucesión tiene facultades jurídicas para adminsitrar los bienes de la masa hereditaria, Los herederos pueden recibir gananciales siempre que el albacea rinda las cuentas que le ordena la Ley, pero su papá no puede disponer del o los bienes como él quiera. Busque a su abogado para que le explique.