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  • Consulta : 121504
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 233608

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si el laudo y el convenio señalan esa cantidad líquida para Usted, el patrón está obligado a cubrirla íntegramente, si no calculó las retenciones es problema del patrón, pero ante las Juntas debe de estar y pasar por el convenio que firmó. Ojalá su abogado considerara una penalidad en caso de incumplimiento.