- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 121389
- Autor : ilianave
- Consultas en Foro: 10
- Respuestas en Foro: 3075
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 233432
-
Fecha de respuesta: Domingo 31 de Julio de 2011 20:12 2011-07-31 20:12 desde IP: 201.103.129.136
Le están requieriendo el pago judicial o extrajudicialmente??
Si le están cobrando judicialmente y usted no firmó ningún pagaré, debe excepcionarse en el sentido de que la firma que calza dicho título de crédito no proviene de su puño y letra, ofreciendo la prueba pericial en materia de grafología y grafoscopia.
Por otra parte, la acción cambiar directa prescribe en 3 años, pero válidamente se puede promover un juicio ordinario mercantil.
Si de cualquier forma usted quiere pagar, busque al acreedor y trate de llegar a un acuerdo.
Saludos.
-
Autor





