Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 121387
  • Autor : ilianave
  • Consultas en Foro: 10
  • Respuestas en Foro: 3075
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 233427

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Mientrás usted tenga sus contratos de arrendamiento que puedan acreditar la calidad por la cual su inquilino tiene el uso y disfrute de su inmueble, no puede intentar ningún juicio para quitarle su propiedad, así tenga 100 años, porque siempre va a ser arrendatario.