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Fecha de respuesta: Sábado 30 de Julio de 2011 02:15 2011-07-30 02:15 desde IP: 201.103.129.136
La acción mercantil puede intentarse contra usted primero o contra el deudor, a elección del acreedor.
Tiene bienes para embargar, se los embargan.
Al ser aval es solidariamente responsable de la deuda.
Si usted cubre la deuda del deudor, posteriormente puede reclamarle a éste los pagos que haya hecho en su nombre.
Saludos.
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