Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 121212
  • Autor : ilianave
  • Consultas en Foro: 10
  • Respuestas en Foro: 3075
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 233305

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    NO es recomendable hacer un traspaso, ya que precisamente el contrato hipotecario que tenga le establece la prohibición para vender, ceder o traspasar los derechos inherentes al inmueble dado en garantía, a no ser que la institución le autorice tal acto.

     

    Lo más recomendable es que si ya no quiere o no puede continuar con los pagos mensuales, oferte su vivienda para compraventa, pidiendo el valor actual del inmueble, con el cual se haga el pago total del adeudo y el remanente le sea entregado a Usted, tanto la cancelación de hipoteca, como la compraventa del inmueble, se pueden y se deben hacer ante el mismo Notario y se evitará muchos problemas a futuro.

    Saludos.