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Fecha de respuesta: Jueves 28 de Julio de 2011 23:41 2011-07-28 23:41 desde IP: 189.181.13.2
buenas noches, reciba un cordial saludo, es correcto lo que contesta cerrillo, solo deseo agregar que cuando se lleva un juicio ejecutivo mercantil, al notificarle ocurren a su domicilio la parte actora ( representante legal ), actuario judicial; primero se lleva a cabo el embargo (el notificador se identifica y le enseña el escrito inicial de demanda y documentos que lo acompañan) sellados por el juzgado del conocimiento, levantan una acta donde se anota su nombre, su domicilio, las personas que intervienen, identificaciones, a usted le requieren el pago de dicha cantidad en efectivo, pero si no paga se señalan bienes suficientes para garantizar el adeudo, y sigue...., espero no cofundirlo, solo se lo comento para que no lo engañen y de que ganaron, nada que ganaron. Usted puede solicitar el apoyo de una patrulla o de la policia para que pongan a disposicion a estas personas por el delito de allanamiento de morada, flasificacion de documentos, usurpacion de funciones y lo que resulte. No se deje intimidar, que dios lo bendiga
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