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  • Consulta : 121149
  • Autor : abogaditojose
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  • Autor
    Respuesta No: 233133

  • abogaditojose
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    buenas noches, reciba un cordial saludo, es correcto lo que contesta cerrillo, solo deseo agregar que cuando se lleva un juicio ejecutivo mercantil, al notificarle ocurren a su domicilio la parte actora ( representante legal ), actuario judicial; primero se lleva a cabo el embargo (el notificador se identifica y le enseña el escrito inicial de demanda y documentos que lo acompañan) sellados por el juzgado del conocimiento, levantan una acta donde se anota su nombre, su domicilio, las personas que intervienen, identificaciones, a usted le requieren el pago de dicha cantidad en efectivo, pero si no paga se señalan bienes suficientes para garantizar el adeudo, y sigue...., espero no cofundirlo, solo se lo comento para que no lo engañen y de que ganaron, nada que ganaron. Usted puede solicitar el apoyo de una patrulla o de la policia para que pongan a disposicion a estas personas por el delito de allanamiento de morada, flasificacion de documentos, usurpacion de funciones y lo que resulte. No se deje intimidar, que dios lo bendiga