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  • Consulta : 121104
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 233111

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Sin importar la ciudad, municipio, estado o país en que usted celebró su primer matrimonio, si no quedó disuelto, al contrar el segundo incurrió en el delito de bigamia, toda vez que para el acreditamiento de los elementos del tipo penal, es suficiente que una persona, estando unida en legítimo matrimonio no disuelto ni declarado nulo, cointraiga otro con las mismas formalidades legales.

    Respecto la penalidad mínima y máxima que corresponda al delito cometido, se atenderá alos que se contemplen en el Código Penal del Estado de la República en que contrajo ese segundo matrimonio, debiendo aclararle también que, en algunos Códigos de distintas Entidades Federativas, imponen la misma pena de prisión al otro cónyuge, cuando éste tenía conocimiento del matrimonio subsistente.