Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 120879
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 8785
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 232868

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Sr. Mario Cervantes, la diferencia entre la teoría y la práctica es terriblemente grande. Dije que tengo sentencias de amparo ganadas que niegan la reducción de pensiones alimentarias que habían sido concedidas en primera o sengunda instancia. Quien sólo se dedica a interpretar la Ley por su literalidad se encontrará con muchos topes en su carrera. Por esa razón no falta el "abogado" que le dice a su cliente: "Si ya no estas de acuerdo con el por ciento señalado en el convenio que firmaste, no te preocupes, ponte a hacer hijitos y presentamos un incidente de reducción diciendo que como tus obligaciones aumentaron, las condiciones originales cambiaron, y en consecuencia tus ingresos se deben repartir a todos tus acreedores".

    No faltan. Le agradecería mucho que en lugar de anexar tesis (que por cierto sí tengo y además mal interpreta), mejor anexe senencias en donde haya ganado un incidente de reducción donde argumenta sus afirmaciones.