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Fecha de respuesta: Lunes 01 de Agosto de 2011 22:05 2011-08-01 22:05 desde IP: 189.163.81.57
Señor Mario Cervantes.
Finalmente y luego de una semana casi que prometió responder y discutir aqui el hecho que usted se encuentra equivocado ... lo hace pero como usted señala.. SIN RESPETO Y EDUCACION.
Si usted remite a la consulta en la que refiere a que yo le dije a USTED algo que ni entendió y segun usted ... quizo dejar las cosas por la paz dejeme decirle algo. PRIMERO.. cuando se lanza la piedra no se esconde la mano.. hay un derecho de replica SIMPRE el cual yo invoque. No puedo llegar y decir... el señor Mario Cervantes es un ...tal por cual... es esto y aquello y finalmente concluir... pero para dejar la cosa por la paz y en buenos terminos aqui la dejamos. No señor.... si va a lanzar la piedra... espere respuesta .. conoce la tercera ley de newton? A toda acciòn corresponde una recaccion de la misma magnitud pero en sentido opuesto... lo ha escuchado? entonces porque se espanta de algo que usted mismo provoca. lA PROXIMA VEZ QUE QUIERA DEJAR ALGO POR LA PAZ, no agreda ni tampoco denigre a su contrario pues de hacerlo, espere seguramente una respuesta. SEGUNDO.- Como consejo si es que algun dia quiere llegar a ser abogado. JAMAS renuncie a sus ideas JAMAS ni por educacion, ni por llevar la fiesta en paz, ni por NADA. Algun dia en su voz llevara la esperanza de su cliente... se imagina si llegarà a un juzgado y pretende no pelear con su contraparte solo par llevar la fiesta en paz? No señor... o se va con todo o no se va. Si usted esta seguro de sus palabras.. se lanza y apuesta el todo o nada. Si gana.. que bueno si pierde .. aprendiò. Nunca lo olvide.
TERCERA.- Por principio de cuentas... una legalizaciòn se hace al documento extranjero por las autoridades del pais a donde surtirá efectos dicho documento. El funcionario que en este caso es el CONSUL MEXICANO EN SANTIAGO DE CHILE (no el chileno) hace constar con su sello y una hoja que se anexa a dicho documento que la firma que en el documento aparece es de un funcionario del gobieno chileno con facultades para firmar ese papel. Esto es... existe un catalogo de firmas registradas por todas aquellas autoridades que se encargan de expedir documentos oficiales. En Mexico por ejemplo, mi firma se encuentra registrada y cada que los documentos que yo certifico va a sarlir a un pais donde no se apostilla DEBE LEGALIZARSE cuya revisión lo haran las autoridades del pais a donde surtirá efectos el documento. Esto tuiene como finalidad evitar falsificacion de documentos.
Mire ,.. a escuchado hablar de las LEGALIZACIONES EN CADENA (Que finalmente la apostilla se hizo para acabar con ellas por lo tediosas?) Le explicaré ya que en alguna ocasion tuve la oportunidad de legalizar un documento si mal no recuerdo para CUBA aunque no recuerdo bien. Se legalizaría un acta de matrimonio del estado de Guanajuato para que surtiere efectos alla. Primero se compareció ante el secretario de Gobierno del Estado quien certifico que el funcionario Público que firma el documento tiene fe publica para ello y se encuentra en funciones. Despues en la Secretaria de Relaciones Exteriores de la ciudad de Mexico se certifica que el secretario de Gobierno del Estado de Guanajuato tiene funciones y capacidad para avalar la firma que antecede. Despues a Secretaria de Gobernacion, quien avala que la firma del secretario de relaciones Exteriores tiene funciones para certificar lo anterior y finalmente, el consulado de cuba en mexico quien avala que el documento es el que se utiliza para certificar actas de matrimonio y de las autoridades que en ella aparecen. ESO ES UNA LEGALIZACION
Lo cierto es que en tratandose de lagalizaciones cada pais señala los pasos que deben seguirse para su validez (como en nuestro caso secretario de gobierno del estado, de SRE y de Gobernacion) pero invariablemente ya lejos de la legislacion de aquel estado de origen , debe venir legalizado POR LA EMBAJADA DEL PAIS DONDE SURTIRA SUS EFECTOS EL DOCUMENTO. En el Particular que nos ocupa, si la persona es de chile, y suponiendo sin conceder que no exista ningun procedimiento legal para legalizar documentos en aquel pais, SOLO DEBIERE DE TENER el sello y la firma del consul mexicano para que surta efectos en nuestro pais.
El consultante pregunta: "Realicé mi postgrado en Chile y para solicitar mi cédula profesional, se requiere presentar mi título emitido en Chile apostillado. Cuáles son las autoridades competentes en países extranjeros para apostillar un título, o bien, a qué dependencias debo acudir en México para solicitar dicha información, pues en la SEP, aún no me saben decir. Gracias!
Como lo he señalado siempre... antes de discutir se debe aprender a leer y sobre todo a comprender.... el usuario señala que le piden su titulo chileno APOSTILLADO. Usted contesta que la embajada de chile en Mexico. ERROR. Como bien lo señala, chile no forma parte del convenio de la haya (Aqui me fallo pues son 142 paises los que apostillan y supuse que chile lo hacia tambien) luego entonces, ni la embajada de chile en mexico, ni ninguna autoridad chilena PODRA APOSTILLAR UN DOCUMENTO porque el pais NO PUEDE HACER APOSTUILLAS. esa debió ser su respuesta. No obstante usted responde asi:
"Es necesario ir a la embajada de Chile en México, o en su caso, en algún consulado y ellos deberán de decrle a usted el procedimiento a seguir, normalmente el apostillado lo hacen los notarios públicos, en ocasiones lo realizan las embajadas" Por ello señalo que usted se equivoca de manera mas que rotunda JAMAS un notario publico podrà APOSTILLAR un documento JAMAS en ninguna parte del mundo .. lea la ley de apostillas y lo descubrirà. Tampoco podra hacerlo insisto un consulado chileno porque chile no APOSTILLA y suponiendo sin conceder que lo hiciere.. un CONSULADO no tiene funciones de apostillamiento pues su funcion es 100% Diplomatica ningun consulado de pais alguno hasta donde yo tengo noticia de mas de 10 años en el servicio publico apostilla documentos.
La consulta sigue y refiere... Cuáles son las autoridades competentes en países extranjeros para apostillar un título, o bien, a qué dependencias debo acudir en México para solicitar dicha información, pues en la SEP, aún no me saben decir. Gracias. La respuesta señor mio es NINGUNA. Insisto LEEA la ley de apostillas de la Haya, (Articulo 3) ahi podra usted entender, que el pais que emite el documento es el UNICO que puede apostillarlo. Cada pais estimarà si lo hace su secretario de gobierno o secretario de Estado (El 99% de los paises son estas la autoridades que lo hacen) o cual de ellas ha de apostillar el documento pero SON AUTORIDADES DEL PAIS QUE EMITE EL DOCUMENTO ninguna autoridad extranjera podra apostillar un documento nacional o viceversa ninguna autoridad nacional podra apostillar documentos extranjeros...NINGUNA.
SE DIO CUENTA SEÑOR CERVANTES ... donde estan sus errores? Se dio cuenta que el decirle al consultante que haga caso omiso a que vaya al consulado de chile para que le apostillen su documento segun sus propias palabras en su respuesta o peor aun... que fuere ante un notario publico para que hicieren lo propio.. NO FUE UN EXCESO???
Mire... normalmente yo respondo a los consultantes... o en ocasiones a mis colegas cuando siento tener la razon pero NADA MAS. Yo no soy escuelita de nadie y menos cuando son tan altaneros. Sin embargo y dado que usted quizo ponerse al tu por tu y segun quizo evidenciarme ..... se dio cuenta quien salió quemado? Finalmente quien tuvo la razon? Usted?? Nonono joven Cervantes.. le hace falta muicho camino por recorrer pero sobre todo le hace falta humildad. Usted debe entender que en este foro, habemos abogados que mas sabemos por viejos que por diablos y lo que hacemos cada uno de nosostros nos da la fuerza y seguridad de opinar sobre esto. Mi funcion publica entre otras tantas cosas implica revisar apostillas y legalizaciones de TODOS LOS PAISES DEL MUNDO que llegan hasta mi oficina a algun tramite. Son 142 paises hasta donde yo recuerdo y cada dia se suman más. Como comprenderá .. mi pecado estuvo en no recordar que CHILE legaliza porque no forma parte del convenio de la haya, circunstancia que se vuleve pecata minuta si consideramos que son 142 paises y que es dificil aprenderse absolutamente todos los que apostillan y los que legalizan sin consultar la tabla.
La proxima vez que usted pretenda cuestionar a un abogado cuando segun su opinion tenga la razon... lejos de volverse altanero .. exponga sus motivos... siga usted... yo sostengo esto porque el articulo X de la ley Z asi lo expone... y el abogado en cuestion debatirá pero con argumentos y no solo con palabras altaneras como usted ha pretendido inquirirme.
Le pudiere anexar aqui el articulo 3 de la ley de apostillas para que reafirme su equivocación pero he pensado.... si luego de tanta altanería vale la pena ... y he decidido QUE NO. Si quieer aprender ... estudie, busque las leyes que le comento y aprenda. Lo mismo le diré de la frace en latin que pronunciaba mi maestro Burgoa, investigue estudie y algun dia sabra su significado. Pienso que estamos artos de abogaditos de internet quienes hacen tareas fusilandose una definición que han encontrado en la web... eso no da cultura. Estudie en bibliotecas en libros... y ya habrá seguramente una oportunidad de que usted brille y pueda dejarme callado en un debate de esta naturaleza y estaré ahi para aplaudirle. Mientras esto no suceda...con todo respeto dejeme decirle que esta muy verde para cotorro y que antes de inquirir a alguien de esa manera tan altanera... piense que si no esta seguro de lo que dice...es mejor callar.
Saludos
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