Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 120726
  • Autor : ilianave
  • Consultas en Foro: 10
  • Respuestas en Foro: 3075
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 232442

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si no hubo contraprestación económica por el uso del inmueble, entonces su padre celebró un contrato verbal de comodato, esto es, se le otorgó a dicha persona el uso y disfrute del inmueble a título gratuito.

    Como no tienen un contrato con fecha de vencimiento, se considera que el mismo es por tiempo indefinido, por lo que deberán acudir a los Juzgados Civiles a solicitar se notifique la terminación del contrato de comodato, para que en un plazo prudente, le sea entregado su inmueble  ( la ley no le establece plazo, usted podría determinarlo).

    Dicho requerimiento tendría que hacerlo el albacea de la sucesión a bienes de su padre, si es que ya promovieron el juicio sucesorio y si no, pues promover primero el juicio sucesorio para tener un representante de la sucesión de su padre.

    Ahora, este es el mejor de los escenarios y todo dependerá de que el comodatario no controvierta el origen de la posesión, ya que en caso de que dicha persona sea renuente a entregarlo, pueden promover, en lugar de la notificación de la terminación del comodato, unos medios preparatorios a juicio ordinario civil, para saber en calidad de qué está poseyendo el inmueble y en base al resultado de dichos medios, se tendrá que intentar una diversa acción para recuperar la posesión.

    Los costos varían de un abogado a otro, no hay un mínimo ni un máximo.

    Espero le sea de utilidad la información